Metodología para el Diseño Curricular

Metodología proviene de los vocablos griegos método y logos que significan: Estudio o tratado de los métodos. A continuación se presenta una breve definición de metodología:

 “Se encarga del estudio de los diferentes métodos para llegar al conocimiento crítico y reflexivo que permita la fundamentación de la ciencia”.

La metodología supone la sistematización, es decir, la organización de los pasos a través de los cuales se ejecutará una investigación. En la siguiente imagen 1 se pueden  observar cuatro aspectos, por los cuales, la metodología tiene gran importancia:

                                                          Imagen 1. Importancia de la Metodologia.
                                                          Fuente: Grupo del  Cuatrimestre de la Maestría en Educación, sede Tula, extra muro Jilotepec.

La metodología del diseño curricular involucra una serie de problemáticas tanto  técnicas como de comprensión contextual, en donde se intenta analizar el bagaje  cultural, epistemológico y axiológico que determina el proyecto curricular y que  pretende dar solución a las necesidades sociales.

La metodología del diseño curricular supone 6 etapas, que se presentan en la siguiente imagen 2:

                                                          Imagen 2. Etapas de la Metodología del Diseño Curricular.
                                                          Fuente: Grupo del  Cuatrimestre de la Maestría en Educación, sede Tula, extra muro Jilotepec.


La metodología del diseño  curricular se concibe como una tarea académica colegiada, pensada, creativa y  comprometida con la formación integral de los sujetos que engloba diferentes momentos del curriculum como proceso, desde la elaboración e instrumentación hasta la aplicación y la evaluación. 


Acuerdo 279

El Acuerdo 279 de la Secretaría de Educación Pública, establece los criterios para el desarrollo curricular y operación de programas de Educación Superior en México, señalando las principales consideraciones que deberán tenerse en cuenta durante el desarrollo de planes y programas. Este acuerdo constituye un avance en la postura de la autoridad en la materia, tanto para el aprendizaje significativo como para el aprovechamiento de espacios físicos y temporales.

A continuación se enlistan los principales aspectos que establece el Acuerdo 279:
1. El Artículo 3º: Menciona que “El presente acuerdo es de observancia obligatoria para las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública”.
2. El Artículo 4º: Determina los niveles de estudio; define al postgrado como los estudios posteriores a la licenciatura y precisa tres niveles: especialidad, maestría y doctorado.
3. El Artículo 12º: Establece los requisitos fundamentales de los planes y programas a presentar:

  •     Objetivos generales del plan de estudios.
  •     Perfil del egresado.
  •     Métodos y actividades.
  •     Criterios y procedimientos de evaluación y acreditación.
4. Artículo 13º: Menciona los parámetros de créditos por cada grado de estudios.
5. Artículo 14º: Se deshace de los conceptos de materia teórica y materia práctica y los substituye por el concepto actividad de aprendizaje, esto implica un reconocimiento a que el aprendizaje es siempre teórico-práctico y, por lo mismo, permite una mejor integración a las ideas del aprendizaje significativo.
6. Artículo 15º: Establece las actividades que como mínimo  los planes y programas de estudio en la modalidad escolar deberán establecer:
  •  Técnico superior universitario o profesional asociado, 1440 horas.
  • Licenciatura, 2400 horas.
  •  Especialidad, 180 horas.
  •  Maestría, 300 horas.
  •  Doctorado, 600 horas.
7. Artículo 16º: Establece que los planes y programas de estudio en la modalidad no escolarizada se destinarán a estudiantes que adquieren una formación sin necesidad de asistir al campo institucional.
8. Artículo 17º: Menciona que serán considerados como planes y programas de estudio en la modalidad mixta, aquellos que requieran del estudiante formación en el campo institucional, pero el número de horas bajo la conducción de un académico sea menor al establecido en el artículo 15 de este Acuerdo.

A continuación se presenta la imagen 3 donde podemos observar los principales aspectos que establece el Acuerdo 279:

                                                          Imagen 3. Acuerdo 279.
                                                          Fuente: Grupo del  Cuatrimestre de la Maestría en Educación, sede Tula, extra muro Jilotepec.


El Acuerdo 279 estable los requisitos para el desarrollo de planes y programas educativos enfocado al constructivismo y aprendizaje significativo, menciona los niveles de estudio y los créditos por cada grado de estudios. 

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